Sence publicó protocolo de emergencia ante crisis por el Covid-19

El ente estatal informó mediante un comunicado sobre los cambios temporales que deberán adecuarse las empresas y alumnos respecto a la comunicación, formato de entrega de documentación, rectificaciones, registros de asistencias, ejecución de cursos presenciales y liquidación de los cursos.
El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) comunicó algunas medidas recapituladas en seis ítems respecto a las recomendaciones y pasos a seguir que deben hacer las empresas, personas y los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) asociadas, ante la crisis sanitaria originada por el Coronavirus.
El comunicado inicia respecto a la comunicación de los cursos y señaló que ésta debe ser de manera no presencial y tiene que “considerar la disposición del Registro Civil, que extendió hasta abril de 2021 la vigencia de las cédulas chilenas de identidad vencidas entre 2019 y 2020”.
El segundo ítem menciona la rectificación de los cursos y si una capacitación presencial no se realiza “debe ser informada por la OTEC al Sence”. En caso de cambio de fecha de inicio se debe indicar el “cambio en la fecha de término e indicar una nueva”. Además, el Servicio dictó que “se flexibiliza la exigencia actual de suspensión de un curso (hasta el mismo día), permitiendo que la suspensión de clases de las actividades de capacitación se efectuará por un plazo de 15 días hábiles. Este plazo será revisado 3 días hábiles antes de su cumplimiento para efectos de prorrogarlo o ampliarlo”.
“En caso de Pre contrato la duración de la acción de capacitación no podrá superar los 2 meses (incluyendo las suspensiones y reprogramación de clases). Al tratarse de un post contrato, su duración no puede superar los 5 meses”.
Por su parte, en la forma de entrega de la documentación, y para resguardar tanto a trabajadores como a alumnos estos deben ser de manera on-line. Incluye los Pre y Post contratos, Programa anual, Constitución del Comité Bipartito, Estudio de Detección de Necesidades (DNC) y Unidad del Gasto de Administración. Eso sí, el comunicado señaló que “concluido el periodo de contingencia sanitaria, el Servicio podrá exigir la presentación y entrega de documentos de forma física”.
Para registrar asistencia en el libro de clases electrónico se facilitará alcohol gel para el uso de los alumnos antes y después de colocar su huella dactilar en el lector biométrico y se considerará válido que el relator o facilitador registre asistencia de manera manual en el libro de clases electrónico, apoyándose en el libro de clases físico para aquellos alumnos que no deseen posar su dedo en el marcador analógico.
Respecto a los cursos presenciales, el Sence dispuso que los OTEC podrán “continuar cursos presenciales en formato e-learning sincrónico (aula virtual)”. “Para ello deben garantizar que el organismo ejecutor cuente con la plataforma habilitada para ejecutar cursos sincrónicos, y que sea capaz de respaldar ante SENCE el seguimiento de la asistencia de los participantes”.
Asimismo, y para asegurar que la entidad capacitadora cumpla con los requisitos, deberá emitir un certificado de asistencia, una declaración jurada de la empresa dando conformidad con la continuidad del curso, y documentos que acrediten su realización y pago de servicios de manera efectiva.
El comunicado señala que la liquidación de cursos se hará “de manera normal, cumpliendo así los plazos establecidos, recordando que tanto los Certificados de Asistencia como las Declaraciones juradas de cursos, pueden ser emitidas a través de los sistemas respectivos”, concluye.